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Registro de Marcas

12/10/2011 23:40 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Cómo registrar una marca en Costa Rica

Presentación de Solicitud de Registro de Marca

Se realizará ante la Registro de la Propiedad Industrial, la cual certificará la fecha y hora de presentación, ello siempre que se hubieren cumplido los requisitos establecidos en la ley.

Examen de forma y fondo

Se realizan simultáneamente dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la solicitud. En caso de presentar errores u omisiones, el solicitante deberá subsanarlos, teniendo para esto un plazo de quince días. En caso de no enmendarse estos errores en el plazo señalado, la solicitud de marca se entenderá abandonada.

El examen de fondo tiene por objeto determinar si la solicitud incurre en algunas de las prohibiciones establecidas en la ley. En caso que esto acontezca, la oficina de marcas notificará esta situación al solicitante, quien dispondrá de un plazo de treinta días hábiles para responder dichas objeciones, y que se contará a partir de la notificación correspondiente. Transcurrido el plazo señalado, habiendo o no presentado contestación, la oficina dictará una resolución que ordenará la publicación de la marca en caso que el resultado fuera positivo; en caso contrario, si se mantiene la objeción notificada, se dictará la resolución rechazando la solicitud presentada.

Publicación

Efectuados los exámenes de forma y fondo, y habiendo sido positivo los resultados, la oficina de marcas ordenará la publicación de la solicitud, la que se realizará por tres veces y a costa del interesado, en el diario oficial, dentro de un plazo de quince días desde su notificación.

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Oposiciones

Podrá presentarlas cualquier tercero que tenga legítimo interés, dentro de dos meses contados a partir de la primera publicación. De ella, se notificará al solicitante de la marca, quien dispondrá de dos meses para contestar dicha oposición y hacer valer sus alegatos si lo estima conveniente. Tras esto, la oficina deberá dictar la resolución que acepte o deniegue el registro de la marca pedida.

Resolución

De no haberse presentado ninguna oposición dentro del plazo establecido, el Registro de la Propiedad Industrial procederá a registrar la marca. En cambio, si se han presentado una o más oposiciones, serán resueltas, junto con lo principal de la solicitud, en un solo acto y mediante resolución fundamentada.

Registro de la Marca

Una vez que se dicte la resolución que acepta a registro la marca solicitada, deberá efectuarse y acreditarse el pago de los impuestos finales, para que posteriormente se asigne un número de registro a la marca respectiva. Dicho registro tendrá una duración de 10 años desde la fecha de su otorgamiento, y podrá ser renovada indefinidamente por períodos sucesivos de diez años, contados desde la fecha del vencimiento precedente.


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