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El dueño de propiedades de uso agropecuario en Costa Rica, goza de un beneficio para el pago del impuesto. Antes de realizar la respectiva presentación se recomienda asesorarse para que realicen el debido proceso
Existe una ley especial de la aplicación del impuesto sobre bienes inmuebles para los terrenos de uso agropecuario y su valoración en Costa Rica, esta indica que no se aplicaran los mapas de valoración de terrenos por zonas homogéneas publicados por el Organismo de Normalización Técnica (ONT) del Ministerio de Hacienda en el año 2007. Si no, se aplicara una metodología de cálculo para la base imponible del impuesto hasta que se publique la plataforma de valoración agropecuaria por el Organismo de Normalización Técnica (ONT).
El contribuyente se debe presentar ante el municipio correspondiente y declarar la o las propiedades que tiene un uso agrícola y pecuario de manera parcial o total. Preferible mediante el formulario de declaración jurada que ofrece el municipio correspondiente sin embargo si el contribuyente presenta la declaración jurada de manera informal, por principio de declaración voluntaria según el ordenamiento tributario de nuestro país, la administración tributaria debe recibirlo.
La metodología de cálculo para la base imponible del impuesto será un aumento de hasta un 20% del valor registrado en la municipalidad o bien el valor será determinado por una valoración de oficio pero este no podrá ser mayor al valor de la propiedad de uso agropecuario más cercano.
El contribuyente que mienta en su declaración jurada sobre el verdadero uso de su propiedad, esto siendo comprobado por la municipalidad, esta podrá anular la metodología de cálculo del 20% de aumento sobre el valor registrado en el municipio. Además se impondrá una sanción equivalente a 6 salarios base, esto es equivalente a ¢2.396.400, 00 según Cir N°216-2013 Sesión 113-2013CSJ de la Dirección de Tributación Directa del Ministerio de Hacienda.
Para los propietarios que dedican sus terrenos en actividades agropecuarias, se recomienda que previamente a presentar la declaración jurada, se asesoren sobre la metodología de cálculo y hasta donde sería aplicable para que no se vean afectados por multas que no vienen al caso.
AL acercarse al municipio se verán beneficiados con un aumento hasta un 20% del valor registrado y solo se podrán volver a modificar en 5 años; y así retrasar el aumento de la base imponible del valor. Porque en el momento que la ONT defina y publique la plataforma de valores agropecuarios, otras situación será y sin duda no tan conveniente para el contribuyente como la metodología de cálculo actual.
“El contribuyente que mienta para optar por el beneficio, se le impondrá una sanción equivalente a 6 salarios base, esto es equivalente a ¢2.396.400, 00”
Ley de Regulaciones Especiales sobre la aplicación de la ley N° 7509, "Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles", del 9 de mayo de 1995, para Terrenos de uso Agropecuario
Referencias.
N° 9071 (2012, 03 de octubre). [En línea]. Costa Rica: Asamblea Legislativa. Disponible en: http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=73354&nValor3=89991&strTipM=TC [2014, 10 de septiembre].
Reglamento a la Ley de Regulaciones Especiales sobre la aplicación de la ley N° 7509, "Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles", del 9 de mayo de 1995, para Terrenos de uso Agropecuario
N° 38022-MAG-H (2013, 15 de noviembre). [En línea]. Costa Rica: Poder Ejecutivo. Disponible en: http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=76015&nValor3=94748&strTipM=TC [2014, 10 de septiembre].
Dictamen: 158 (2014, 27 de mayo). [En línea]. Costa Rica: Procuraduría General de la Republica. Disponible en: http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/pronunciamiento/pro_ficha.aspx?param1=PRD¶m6=1&nDictamen=18160&strTipM=T[2014, 09 de septiembre].
Ley de Crea Concepto Salario Base para Delitos Especiales del Código Penal N°7337 (1993, 14 de mayo). [En línea]. Costa Rica: Asamblea Legislativa. Disponible en:
http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=20026&nValor3=21317¶m2=1&strTipM=TC&lResultado=2&strSim=simp [2014, 10 de septiembre].